BCP confirma gratuidad de transferencias y especifica alcance de nuevos topes de tarifas
El regulador aclara que los límites de comisiones aplican solo a servicios de pago para comercios, no a transferencias entre cuentas
Confirmación de gratuidad en transferencias
El Banco Central del Paraguay (BCP) respondió a consultas sobre los nuevos topes de operaciones del Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap), aclarando que las transferencias de dinero entre cuentas mantienen su carácter gratuito. En concordancia con la Ley n.° 7503, la gratuidad alcanza a las transferencias simples entre cuentas, incluyendo las operaciones persona a persona. Los topes introducidos por la regulación aplican a determinados servicios de pago prestados a comercios.
Alcance de la regulación
El marco regulatorio se dirige principalmente a los servicios de pago ofrecido a comercios. Afecta a los participantes y proveedores que prestan servicios de aceptación y procesamiento de pagos para comercios, incluyendo aquellos cursados a través del Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap), los esquemas de tarjetas y los sistemas propietarios.
Servicios sujetos a tarifas máximas
En relación con los servicios asociados al Sipap, podrán aplicarse tarifas conforme a los límites y condiciones establecidos en el reglamento, únicamente a los siguientes servicios:
Servicios de débitos directos (Domiciliación): consistente en débitos automáticos autorizados previamente por el cliente para el pago de determinadas obligaciones desde su cuenta.
Servicios de iniciación de pagos: permiten que un proveedor de inicio de pago habilitado (por ejemplo, una Fintech) inicie una orden de pago a solicitud del cliente. Este servicio incluye el pago en comercios mediante el QR SIP del BCP.
Servicios de solicitud de pago: permite a los bancos ofrecer a sus clientes comerciales la opción de cobrar por sus ventas solicitando el pago a través del Sipap. Este servicio incluye el pago en comercios mediante el QR SIP del BCP.
Servicios de participante patrocinador: permiten que determinadas entidades, como las cooperativas, accedan a los servicios del Sipap a través de una entidad bancaria.
Topes máximos de comisiones
El cobro de comisiones por estos servicios está sujeto a topes máximos. Los servicios de débitos directos, iniciación y solicitud de pagos tienen un tope de 1,5 % del monto de la operación (IVA incluido), mientras que el servicio de patrocinador tiene un tope del 1 % con un máximo de G. 5.500. Los proveedores pueden cobrar menos que los topes establecidos o incluso no cobrar comisión.
La regulación también dispone que los pagos iniciados mediante QR, NFC u otro mecanismo que utilicen como infraestructura subyacente transferencias sobre sistemas privados estarán sujetos a una comisión máxima del 1,5 % del monto de la operación, IVA incluido. Esta disposición garantiza condiciones igualitarias para servicios comparables y favorece un entorno competitivo en beneficio de comercios y usuarios finales.
Instituciones afectadas
Estos topes afectan a todos los participantes del Sistema Nacional de Pagos regulados por la banca matriz para el cobro de comisiones, gastos y penalidades asociadas a los servicios que prestan. Esto incluye a las 6 Operadoras de Medios de Pagos (OMP) y a las aproximadamente 12 empresas subadquirentes con las que operan.
El regulador aclaró que con la disposición no se busca establecer precios de servicios, sino establecer límites máximos que promuevan competencia y transparencia en el sistema de pagos.
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