Corte declara inoficioso recurso del Ministerio de Justicia sobre traslado de internas al Comple
Sala Penal considera que la situación ha mejorado y perdió virtualidad práctica la tutela jurisdiccional
Decisión de la Corte Suprema
Con un voto dividido, los ministros de la Sala Penal Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera declararon inoficioso el estudio del recurso, considerando que la situación ha perdido su virtualidad práctica.
La resolución de la Corte exhorta al Viceministerio de Política Criminal del Ministerio de Justicia para continuar arbitrando los recaudos necesarios con el fin de completar la implementación del Plan de Organización y puesta en marcha del Comple, conforme al Operativo Umbral 2.0.
Antecedentes del caso
El viceministro de Política Criminal, Rubén Maciel Guerreño, presentó recurso ante la Corte contra dos resoluciones dictadas el 24 de octubre de 2025 por la jueza de Ejecución Sandra Kirchhofer González.
Estas resoluciones surgieron luego de una visita de inspección realizada por magistrados de Ejecución el 15 de octubre de ese año, donde se identificaron aspectos a mejorar en las instalaciones del centro penitenciario.
Hallazgos de la inspección
Durante la visita se constató la necesidad de:
Garantizar la provisión adecuada de ventiladores en los pabellones, asegurar una alimentación suficiente para todas las internas, optimizar la presión de agua en los baños de las celdas, e informar de manera clara a las personas privadas de libertad sobre sus derechos, reglamentos y protocolos internos.
También se señaló la importancia de comunicar sobre el régimen de disciplina, recompensas y el procedimiento de agendamiento para visitas de familiares.
Disposiciones de las tutelas
En la primera resolución, se ordenó adecuar las instalaciones para las 652 reclusas conforme a los derechos y garantías establecidos en la Constitución, tratados internacionales y la Ley de Ejecución.
La segunda tutela fue admitida para las reclusas trasladadas del Hogar Nueva Oportunidad y otros recintos penitenciarios, con un plazo de 15 días para cumplimiento de las disposiciones.
Argumentos del Ministerio de Justicia
El Ministerio de Justicia informó que era materialmente imposible cumplir todos los pedidos en el plazo establecido, argumentando que contaban con un régimen técnico gradual de implementación.
Posteriormente, en respuesta a una solicitud de informe del 9 de marzo de 2026, el Ministerio reportó que se han distribuido insumos de uso personal, incluyendo jarras, guampas, bombillas de plástico, frazadas, contacto telefónico semanal, ventiladores industriales y mejora en el abastecimiento de agua.
Posiciones de los ministros
El ministro Manuel Ramírez Candia votó por declarar inoficioso el recurso, considerando que efectivamente la situación cambió y perdió virtualidad práctica. Además, propuso exhortar al Viceministerio de Política Criminal para que continúe arbitrando los recaudos necesarios.
Luis María Benítez Riera se adhirió a esta posición.
Por su parte, Carolina Llanes votó por admitir el recurso, considerando que el Ministerio de Justicia cumplió con su actividad administrativa y acreditó la existencia de planificación técnica e implementación progresiva de las mejoras solicitadas.
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