Jueves, 22 de Octubre de 2026

Corte Suprema informa sobre el marco normativo de los concursos internos en Alto Paraná

La institución judicial detalla los procedimientos y requisitos constitucionales para la promoción de funcionarios

22/10/2026 19:01 3 min lectura 179 vistas
Corte informa sobre el marco normativo de los concursos internos para cargos en Alto Paraná

Iniciativa de concursos internos en Alto Paraná

La Corte Suprema de Justicia decidió, durante su sesión plenaria, iniciar los trámites administrativos para convocar a funcionarios de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná. La medida responde a una solicitud de la Presidencia del Consejo de Administración de esa jurisdicción, que propone priorizar concursos internos de promoción para cubrir cargos vacantes y atender las necesidades del servicio de justicia.

La iniciativa fue presentada mediante Nota N.P. N.º 301/2026, del 12 de octubre de 2026, por la camarista Juana Bertha Avalos Agüero, presidenta del Consejo de Administración de Alto Paraná. El planteamiento incluye cargos de actuarios judiciales y jefaturas.

Fundamentación de la propuesta

Según el documento, la propuesta se sustenta en la experiencia adquirida en el ámbito judicial, el conocimiento de los sistemas de gestión y de los procedimientos jurisdiccionales y administrativos, así como en las capacidades necesarias para el desempeño de estas funciones. La solicitud fue remitida a la Dirección General de Capital Humano para la elaboración de un informe sobre su adecuación a las disposiciones aplicables.

Marco constitucional aplicable

El artículo 46 de la Constitución de la República del Paraguay consagra el principio de igualdad, mientras que el artículo 47, numeral 3, garantiza el acceso a las funciones públicas no electivas bajo el requisito de idoneidad. Por su parte, el artículo 101 reconoce el derecho a ocupar funciones y empleos públicos y dispone que las distintas carreras, incluida la judicial, serán reglamentadas por ley.

Régimen legal del servicio público

La Ley N.º 7445/2025, de la Función Pública y del Servicio Civil, establece en su artículo 100 que, entre los requisitos para el ascenso de funcionarios públicos comprendidos en la carrera del servicio civil, se encuentra ganar el concurso interno respectivo. A su vez, el artículo 3.º reconoce que la carrera judicial se rige por sus propias normas y que dicha ley se aplica a ella de manera supletoria.

Modalidades de concursos en el Poder Judicial

En el ámbito del Poder Judicial, la Acordada N.º 1309/2019 de la Corte Suprema de Justicia distingue dos modalidades de concursos de oposición de méritos y aptitudes: los públicos, destinados al ingreso de personas a la institución, y los internos institucionales, previstos para la promoción de funcionarios. Ambos procedimientos se rigen por los principios de igualdad, publicidad, transparencia, objetividad, imparcialidad y juridicidad.

Los concursos internos constituyen una modalidad reglamentada para la promoción de funcionarios del Poder Judicial. Su aplicación a cargos específicos debe ajustarse a la naturaleza de las funciones, al régimen jurídico correspondiente y a las garantías constitucionales de igualdad e idoneidad.

Condiciones y difusión de las convocatorias

Las condiciones de participación y las bases de los concursos deberán establecerse conforme al régimen jurídico aplicable a cada cargo. Las convocatorias serán difundidas a través de los canales oficiales del Poder Judicial, una vez aprobadas por las instancias competentes.

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