Decreto oficializa reajuste del salario mínimo en Paraguay
El Poder Ejecutivo establece nuevos montos salariales con argumentación legal y económica
Fijación de nuevos montos salariales
El Decreto Nº 6225 oficializa el reajuste del salario mínimo, estableciéndolo en G. 3.044.000, mientras que el jornal básico se incrementa a G. 117.077. El documento presenta una estructura más detallada que la del año anterior, incorporando explicaciones que fundamentan los montos establecidos.
Fundamentación legal del reajuste
El decreto defiende principalmente el artículo 255 del Código del Trabajo, modificado por la Ley Nº 5764, que faculta al Poder Ejecutivo a "efectuar la consideración" del reajuste propuesto por el Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam).
A diferencia del proceso del año anterior, Conasam abordó la necesidad de un incremento salarial equilibrado sin recomendar un monto específico, permitiendo que el Poder Ejecutivo estableciera la decisión final conforme a sus atribuciones legales.
Argumentos económicos considerados
El presidente consideró el acta de Conasam, que reconoce que los parámetros del índice de precios al consumidor (IPC) son insuficientes como único criterio para determinar el nuevo salario mínimo.
"Las evidencias analizadas reflejan un comportamiento desigual en la evolución de los ingresos reales entre los distintos sectores económicos, así como una afectación del poder adquisitivo de los trabajadores que perciben el salario mínimo y de aquellos cuyos ingresos se encuentran próximos a dicho umbral, por lo que en consecuencia todo ello, recomienda un ajuste orientado a promover una recuperación efectiva del poder adquisitivo y una mejora real de las condiciones de ingreso de los trabajadores"
Este argumento fundamentó la decisión de establecer un reajuste que considera factores más amplios que la variación del IPC emitido por el Banco Central del Paraguay.
Próximos pasos regulatorios
El Ministerio de Trabajo deberá reglamentar los salarios mínimos de las actividades específicas según lo establecido en el decreto.
Perspectivas del sector empresarial
Enrique Duarte, presidente de la Federación de la Producción, la Industria y el Comercio (Feprinco), y Luis Tavella, presidente de la Federación de Mipymes (Fedemipymes), expresaron consideraciones sobre el proceso de reajuste. Señalaron que el incremento salarial debería responder exclusivamente al análisis del índice de precios al consumidor según la normativa vigente.
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