Sábado, 26 de Septiembre de 2026

Fallo de la Corte Suprema permite recuperación de predio público en San Bernardino

La Sala Constitucional resolvió que el Club Náutico debe devolver terreno a orillas del lago Ypacaraí

26/09/2026 22:01 2 min lectura 131 vistas
Candidato dice que San Bernardino podría recuperar predio de club privado tras fallo judicial

Resolución judicial

La Corte Suprema de Justicia emitió un fallo en mayo que resuelve un litigio de 19 años impulsado por la Municipalidad de San Bernardino. La Sala Constitucional rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por el Club Náutico San Bernardino por tres votos.

Con esta decisión quedó firme la obligación de devolver a la comuna un predio público ubicado a orillas del lago Ypacaraí. El inmueble cuenta con una superficie aproximada de 2,025 metros cuadrados.

Antecedentes del caso

En 2019, un tribunal de apelación de la cuarta sala de la Capital resolvió hacer lugar a la demanda de desalojo promovida por la Municipalidad de San Bernardino contra el Club Náutico, condenando a esta última entidad a desalojar el inmueble. El club interpuso un recurso de nulidad en ese mismo año, que fue declarado desierto.

La acción fue posteriormente planteada en noviembre de 2020 ante la Sala Constitucional.

Argumentos presentados

El Club Náutico alegó que la sentencia impugnada no se sustentaba en la ley aplicable y violaba disposiciones constitucionales. Señaló que entre las partes existió un contrato de compraventa del bien, por el que pagó el 56% del precio acordado, tomó posesión del inmueble y realizó mejoras en el mismo.

Consideraba que no debería procederse al desalojo porque existía un contrato de compraventa con principio de ejecución entre las partes, que no sería rescindible unilateralmente.

Por su parte, la Municipalidad argumentó que poseía resoluciones de la Junta Municipal que autorizaban contratar con el club, pero que posteriormente la autorización de compraventa fue revocada. Señaló que el club no impugnó oportunamente esa decisión, por lo que quedó vigente únicamente el contrato de arrendamiento.

La Fiscalía General del Estado consideró que debía rechazarse la acción al entender que solo fue impugnado el fallo de segunda instancia, por lo cual lo resuelto en instancia anterior habría quedado consentido.

Implicancias de la sentencia

Con esta resolución se deja establecido que el predio debe ser devuelto a la Municipalidad de San Bernardino para su disposición como espacio público. La sentencia representa la conclusión de un prolongado proceso judicial que se extendió por casi dos décadas.

Esta noticia fue desarrollada por los Profesionales del Grupo Diario Paraguayo gracias a la noticia original creada por nuestros amigos del Diario UltimaHora.

Nuestro equipo editorial trabaja para ofrecerte la información más clara, completa y actualizada.

Comentarios (0)