MIC crea Consejo Asesor Empresarial para fortalecer diálogo público-privado
La nueva instancia consultiva reunirá a 15 gremios empresariales para asesorar en políticas industriales y comerciales
El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) dio un paso importante hacia el fortalecimiento del diálogo público-privado al formalizar la creación del Consejo Asesor Empresarial a través de la Resolución Nº 0254, firmada por el ministro Marco Riquelme.
Esta iniciativa se fundamenta en la Ley Nº 904/1963, que faculta al MIC a crear comisiones, consejos y grupos de trabajo especializados para el cumplimiento efectivo de sus funciones institucionales.
Objetivos y alcance del Consejo
El nuevo órgano tiene como propósito principal establecer un espacio de intercambio constructivo entre el sector público y privado, permitiendo al Ministerio recibir opiniones especializadas, recomendaciones técnicas y aportes estratégicos del sector empresarial.
Las áreas de trabajo del Consejo abarcarán políticas industriales, comerciales, de servicios, desarrollo de mipymes, atracción de inversiones y proyección internacional del país.
Naturaleza consultiva
Es importante destacar que el Consejo tendrá una naturaleza estrictamente consultiva y no vinculante. Sus dictámenes, recomendaciones y opiniones servirán como insumos valiosos para la toma de decisiones, pero no tendrán carácter obligatorio ni ejecutivo, manteniéndose las atribuciones del Ministerio intactas.
Estructura organizacional
La presidencia del Consejo será ejercida de manera conjunta por un representante del sector privado, propuesto por los gremios empresariales participantes, y el ministro de Industria y Comercio o su representante designado.
La coordinación técnica, secretaría ejecutiva y el apoyo logístico y administrativo estarán a cargo del propio MIC, específicamente a través de la Dirección General de Gabinete del Ministro.
Composición del sector privado
El Consejo contará con la participación de 15 entidades representativas del sector empresarial paraguayo:
• Unión Industrial Paraguaya (UIP) y UIP Joven
• Asociación Rural del Paraguay (ARP)
• Federación de la Producción, la Industria y el Comercio (Feprinco)
• Unión de Gremios de la Producción (UGP)
• Federación de Cooperativas de la Producción (Fecoprod)
• Federación Paraguaya de Mipymes (Fedemipymes)
• Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay (CNCSP)
• Cerneco
• Cámara de Anunciantes del Paraguay (CAP)
• Centro de Importadores del Paraguay (CIP)
• Cámara Paraguaya de Supermercados (Capasu)
• Cámara de Empresas Maquiladoras del Paraguay (Cemap)
• Asociación de Industrias Autopartistas del Paraguay (AIAP)
• Centro de Armadores Fluviales y Marítimos (Cafym)
Funcionamiento operativo
Los aspectos operativos del Consejo, incluyendo el régimen de reuniones, cuórum, elaboración de agenda y otros procedimientos, serán definidos mediante un reglamento interno que será aprobado por una resolución ministerial posterior.
Este mismo reglamento contemplará la posibilidad de incorporar de manera permanente otras asociaciones del sector privado, ya sea por propuesta de estas organizaciones o del propio Ministerio, siempre mediante resolución oficial.
Flexibilidad para convocatorias especiales
La resolución otorga al titular del MIC la facultad de convocar, de manera puntual, a otros organismos públicos, gremios o profesionales especializados cuando lo considere necesario para el tratamiento de temas específicos.
Esta medida representa un avance significativo en la construcción de puentes de comunicación entre el sector público y privado, facilitando la elaboración de políticas más inclusivas y técnicamente fundamentadas para el desarrollo industrial y comercial del país.
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