Municipalidad de Ciudad del Este interviene ante situación de desborde cloacal en el microcentro
Fiscales ambientales inspeccionaron registro colmatado en calle Abay y ordenaron reparaciones inmediatas a la Essap
Inspección en el microcentro esteño
La inspección fue realizada por fiscales de la Dirección de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Ciudad del Este el pasado 29 de julio, entre las 09:45 y las 10:10, en la calle Abay, en el microcentro de la ciudad.
Durante el procedimiento, los funcionarios verificaron que el registro cloacal se encontraba completamente colmatado, provocando el derrame de un importante volumen de residuos cloacales hacia la calzada.
Impacto en la comunidad
El informe oficial señala que la situación afectaba directamente a comerciantes, vecinos y cientos de peatones que diariamente circulan por el sector, quienes debían convivir con fuertes olores y un foco de contaminación en plena vía pública.
Antecedentes y actuación municipal
Uno de los aspectos destacados durante la intervención fue que la Essap ya había sido advertida previamente sobre el problema. Sin embargo, según consta en el acta de fiscalización, hasta el momento de la inspección no se habían ejecutado las reparaciones necesarias para corregir la falla.
Ante la gravedad del caso, los fiscales ambientales intimaron a la empresa estatal a realizar la reparación inmediata del registro afectado y procedieron a entregar el acta correspondiente a los responsables de la institución.
Continuidad del proceso
Finalizado el procedimiento administrativo, todos los antecedentes fueron remitidos al Juzgado de Faltas Municipales, que será el encargado de dar continuidad al proceso, analizar las responsabilidades y determinar la eventual aplicación de sanciones conforme a la legislación vigente.
Desde la Municipalidad recordaron que este tipo de intervenciones forman parte de los controles destinados a proteger el ambiente y preservar la salud pública, especialmente cuando existen derrames de efluentes cloacales en espacios de alta circulación.
La actuación fue realizada en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica Municipal N.º 3966/10 y las ordenanzas municipales N.º 25/97 JM, 50/97 JM y 33/23 JM, normas que facultan al gobierno local a intervenir ante situaciones que representen riesgos sanitarios o ambientales para la comunidad.
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