TSJE culmina período de carga de candidaturas para municipales 2026
El tribunal electoral establece cronograma electoral con plazos definidos para inscripción y propaganda
Cronograma de inscripción de candidaturas
Conforme al cronograma electoral establecido por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) para las elecciones municipales del próximo 4 de octubre, este viernes 3 de julio finaliza el período de carga de datos de candidaturas y candidatos con fotos en el Sistema de Inscripción de Candidaturas (SIC). Las organizaciones políticas tienen tiempo hasta las 23:59 horas para completar este trámite.
Este sábado concluye también el período de inscripción de candidaturas para las municipales 2026, proceso que se realiza ante el Juzgado Electoral de la circunscripción competente, en cumplimiento del artículo 18 de la Ley N° 635/95.
Período de tachas e impugnaciones
La puesta de manifiesto de las candidaturas a efectos de tachas e impugnaciones se realizará entre el domingo 5 y el jueves 9 de julio, conforme al artículo 159 de la Ley N° 834/96 denominada "Código Electoral Paraguayo".
El período de tachas e impugnaciones fue establecido entre el viernes 10 y el domingo 12 de julio, mientras que el período de resolución de dichas tachas e impugnaciones se extiende desde el lunes 13 hasta el miércoles 15 del corriente.
Regulación de propaganda electoral
El período de propaganda electoral para las municipales 2026 inicia el jueves 16 de julio y se extiende hasta el jueves 1 de octubre, conforme el cronograma electoral establecido por el TSJE.
La Ley N° 7135/2023, que modificó el artículo 290 de la Ley N° 834/1996, regula los plazos y aplica sanciones contra la propaganda electoral extemporánea. Según la legislación, la propaganda puede comenzar desde el día siguiente a la fecha de oficialización de la candidatura conforme al cronograma establecido por el órgano electoral correspondiente. La difusión debe cesar hasta cuarenta y ocho horas antes del día de los comicios.
Estos plazos rigen tanto para las elecciones nacionales, departamentales y municipales, como para las elecciones internas simultáneas de las organizaciones políticas. La normativa se aplica a la propaganda realizada tanto en la vía pública como en los medios masivos de comunicación.
Sanciones por incumplimiento
Vencido el plazo mencionado, queda prohibida toda clase de propaganda electoral. Cualquier candidato u organización política que realice propaganda fuera de los plazos establecidos comete una falta electoral y podrá ser sancionado con una multa de cien jornales mínimos por cada medio utilizado para la difusión.
La legislación también establece que cada municipio regulará la forma en que las organizaciones políticas y candidatos realicen propaganda electoral en la vía pública. En el caso de Asunción, la Ordenanza Municipal Nº 157/18 regula el uso de los espacios de dominio público y de dominio privado visibles desde la vía pública para propaganda electoral, estableciendo restricciones sobre la utilización de infraestructura de servicios públicos.
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