Dinapi contrapone auditoría a descargos de APA y analiza eventuales sanciones
Tras declaraciones de David Portillo, titular de Autores Paraguayos Asociados (APA), quien negó la existencia de un perjuicio patrimonial y defendió la gestión del programa Jopói, la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (Dinapi) informó que la audiencia de sustanciación del proceso administrativo contra la entidad ya concluyó y que se abrió el plazo para el análisis previo a una resolución.
También puede leer: Portillo niega perjuicio patrimonial en APA y defiende compras del programa Jopói
Gonzalo Magín Gómez Forzley, director general de la Dirección General de Derecho de Autor y Derechos Conexos (DGDAC) de la Dinapi, detalló el alcance de las fiscalizaciones y de la auditoría externa realizada a APA, así como las observaciones incluidas en el informe final presentado por la firma Auditores y Consultores Asociados (AYCA).
Un momento de la reunión sostenida del día miércoles 23 de setiembre. En la mesa: William Feltes, Jefe del Depto. De Fiscalización; Abg.Gonzalo Gómez Forzley, Director General de la DGDAC, Abg. Ramón Romero, asesor
Según explicó Gómez Forzley, desde noviembre de 2025, la DGDAC viene requiriendo documentación a la Comisión Directiva de APA para su análisis técnico, contable y jurídico.
Entre los antecedentes se encuentran las observaciones formuladas por el síndico de la entidad, el economista Omar Ocampo, del Grupo Próceres de Mayo, quien había señalado posibles irregularidades, entre ellas las relacionadas con la compra de canastas navideñas y bolsos del programa Jopói. Estos antecedentes también fueron puestos en conocimiento de AYCA, firma que realizaba la auditoría externa a APA por parte de la Dinapi.
Sin embargo, el informe final de AYCA abarcó además otros aspectos de la administración de la entidad. Entre las principales observaciones consignadas se encuentran la falta de evidencia sobre la aprobación de la Comisión Directiva para la creación de fondos de Presidencia, así como la ausencia de documentación respaldatoria sobre su utilización, reposiciones y rendiciones. También se observaron movimientos relevantes en cuentas de caja sin explicación suficiente.
El informe señaló igualmente reposiciones de gastos de Presidencia realizadas con fondos de APA sin constancia de aprobación formal, metodología de control ni documentación respaldatoria de los gastos.
A esto se sumaron gastos de asambleas sin comprobantes que los respalden y el pago de una remuneración adicional al presidente de la entidad, en su carácter de director de la Escuela de Música, sin evidencia de aprobación por parte de la Comisión Directiva.
Entre las demás observaciones figuran saldos relevantes en concepto de anticipos de derechos de autor, gastos no deducibles por montos significativos y conciliaciones bancarias sin respaldo.
Autoridades de la DINAPI y representantes de APA durante la reunión de fiscalización en la que se trataron los hallazgos de la auditoría externa.
Gómez Forzley recordó que la Dinapi, a través de la DGDAC, ejerce la fiscalización de las entidades de gestión colectiva y tiene facultades para requerir documentación relacionada con la actividad gestora de estas organizaciones.
En el caso de APA, señaló que desde noviembre se solicitaron documentos sobre diversos puntos, que fueron examinados desde los aspectos técnico, contable y jurídico.
“En forma anual, se realizan auditorías a las entidades que son instrumentos referenciales a fin de considerar la actividad administrativa y gestora de las mismas”, señaló. Aclaró, no obstante, que estas auditorías no limitan el análisis de otros hallazgos que puedan surgir de la documentación requerida y examinada por la autoridad.
A partir de la documentación y los análisis realizados, la DGDAC solicitó la prosecución del trámite administrativo para determinar eventuales transgresiones a la Ley Nº 1328/98, de Derecho de Autor y Derechos Conexos, y a los estatutos sociales de APA.
De acuerdo con Gómez Forzley, la audiencia de sustanciación ya concluyó y se abrió el plazo para que la Dirección General analice los elementos incorporados al expediente y dicte una resolución en sede administrativa.
Esto significa que las observaciones consignadas en los informes y la documentación analizada todavía deben ser valoradas dentro del procedimiento administrativo antes de determinar si corresponde establecer infracciones y aplicar sanciones.
Sede central de Autores Paraguayos Asociados (APA), ubicada en Asunción, objeto de fiscalización por parte de la DINAPI.
En caso de determinarse transgresiones, Gómez Forzley señaló que la Ley Nº 1328/98 contempla sanciones para las entidades de gestión que infrinjan sus estatutos o reglamentos o incurran en hechos que afecten los intereses de sus representados.
El artículo 149 establece como posibles sanciones la amonestación privada y escrita; la amonestación pública, difundida a través de los medios de comunicación social que designe la Dirección y a costa de la infractora; una multa de entre diez y cien salarios mínimos, de acuerdo con la gravedad de la falta; la suspensión de la autorización para su funcionamiento hasta por un año; y la cancelación del permiso de funcionamiento en casos de particular gravedad.
Por su parte, el artículo 150 establece multas de entre diez y cien salarios mínimos para las infracciones a la ley o sus reglamentos, previa audiencia del infractor, y contempla la posibilidad de duplicar la multa en caso de reincidencia.
Además puede leer: Caso regalos navideños: Fiscalía imputa al presidente de APA y a otros directivos por lesión de confianza
La resolución de la Dinapi deberá establecer, a partir de los elementos incorporados al expediente, si se configuraron eventuales transgresiones y, en su caso, qué medidas corresponden.
La investigación administrativa de la Dinapi y la investigación fiscal por el supuesto perjuicio patrimonial constituyen ámbitos distintos. En este expediente administrativo, la autoridad deberá resolver sobre eventuales incumplimientos de la normativa de derecho de autor, los estatutos de APA y las disposiciones aplicables a las entidades de gestión colectiva.
Esta noticia fue desarrollada por los Profesionales del Grupo Diario Paraguayo gracias a la noticia original creada por nuestros amigos del Diario UltimaHora.
Nuestro equipo editorial trabaja para ofrecerte la información más clara, completa y actualizada.