Senado convoca audiencia pública para debatir reforma de divorcio de mutuo acuerdo
La Cámara de Senadores abre espacio de diálogo sobre proyecto que simplifica trámites de separación vincular
Convocatoria a debate público
La Cámara de Senadores convocó a una audiencia pública para debatir sobre la "Reforma legal de divorcio de mutuo acuerdo", conocida también como divorcio exprés, prevista para el próximo jueves 2 de julio, a las 14:00, en la Sala Bicameral del Congreso Nacional.
La invitación oficial señala: "Te invitamos a la audiencia pública para debatir el proyecto de ley que reforma, que simplifica, reduce costos y agiliza el acceso a la justicia para las personas".
Características del proyecto
Se trata de una iniciativa que modifica el artículo 5 de la Ley 45/91 "Que establece el divorcio vincular del matrimonio". Como proponentes figuran nueve senadores de las diferentes bancadas del oficialismo y disidencia colorada, así como de la oposición.
El documento ingresó para su estudio en la sesión del miércoles de la Cámara de Senadores. Su principal impulsora, Lilian Samaniego, solicitó la postergación por ocho días tras las discusiones que surgieron entre los legisladores sobre algunos puntos del texto.
Argumentos a favor
Samaniego defiende que la modificación planteada agiliza los trámites y reduce los costos, lo que contribuye a formalizar la separación de personas que en algunos casos incluso ya formaron otra familia.
El documento también destaca que el divorcio tiene una importancia crucial para la libertad y el bienestar de la mujer, ya que ofrece la posibilidad de romper con relaciones disfuncionales o abusivas y en muchos casos hasta violentas.
Posiciones encontradas
Aunque los cartistas Natalicio Chase y Lizarella Valiente apoyaron con sus firmas la propuesta, su correligionario y presidente del Congreso, Basilio Bachi Núñez, expresó que no acompañará el proyecto, alegando que representa un retroceso.
Núñez argumentó que la modificación establece que el divorcio por mutuo acuerdo solo podrá solicitarse una vez cumplido un año de matrimonio, mientras que la legislación vigente permite iniciar el trámite en cualquier momento. Además, dispone el archivo del expediente por un año cuando cualquiera de los esposos o ambos a la vez no reiteren su voluntad de disolver el matrimonio.
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