Proponen descuento del 50% en pasajes para pacientes con enfermedades catastróficas
La iniciativa busca reducir el impacto económico de los traslados frecuentes hacia centros asistenciales especializados
Iniciativa en la Cámara de Diputados
En la Cámara de Diputados se impulsa una propuesta que apunta a establecer una reducción del 50% en el costo del transporte público para personas diagnosticadas con enfermedades catastróficas con la finalidad de disminuir el impacto económico que representan los traslados frecuentes hacia centros asistenciales especializados.
La iniciativa, que fue girada a comisiones para su correspondiente dictamen y posterior estudio en plenaria, es impulsada por el diputado colorado Edgar Olmedo, quien argumentó que numerosos pacientes, especialmente aquellos provenientes del interior del país, deben movilizarse de forma periódica hacia hospitales de referencia para acceder a consultas, estudios médicos, tratamientos y controles, entre ellos sesiones de quimioterapia, radioterapia y diálisis.
Situación económica de los pacientes
De acuerdo a la exposición de motivos, la situación afecta principalmente a personas que dependen del sistema público de salud y que deben asumir gastos constantes de traslado mientras enfrentan tratamientos prolongados.
Según la propuesta, el precio del pasaje puede convertirse en una dificultad adicional para la continuidad de la atención médica. El proyecto fija un descuento del 50% y no plantea la gratuidad completa del servicio, bajo el análisis de que esta modalidad permitiría distribuir la responsabilidad entre el Estado, las empresas transportistas y los beneficiarios, manteniendo la viabilidad del sistema.
Fundamentos constitucionales
La propuesta toma como base los principios constitucionales relacionados con la igualdad y el derecho a la salud, argumentando que corresponde al Estado implementar medidas que reduzcan las barreras económicas que limitan el acceso a servicios sanitarios.
Sistema de acreditación y aplicación
El proyecto establece un mecanismo de acreditación a cargo del Ministerio de Salud Pública, a través del cual los pacientes deberán demostrar su condición para acceder al beneficio. Las empresas de transporte urbano, interurbano y de corta, media y larga distancia estarían obligadas a aplicar la reducción tarifaria a quienes cuenten con la documentación correspondiente.
En el documento se menciona que, de sancionarse y promulgarse el proyecto, no quedarán afectados los beneficios vigentes para las personas con discapacidad establecidos en la Ley n.º 6556/2020, quienes mantienen el derecho a la gratuidad total del pasaje.
El Ejecutivo deberá reglamentar la aplicación de la ley en un plazo de hasta 90 días, definiendo los procedimientos de acreditación, control y fiscalización.
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