Lunes, 13 de Julio de 2026

Resolución 670/2026 establece salarios mínimos diferenciados por sector

El MTESS detalla la aplicación de reajuste del 5% en diversos rubros económicos del país

13/07/2026 10:01 3 min lectura 92 vistas
Empleadores deben cumplir con salarios mínimos por sector

Nueva regulación de salarios mínimos por sector

La Resolución N° 670/2026 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) reglamenta el salario mínimo legal y los valores mínimos aplicables a trabajadores según actividades y profesiones especificadas, con un reajuste del 5% que debe ser implementado por las empresas en los diferentes rubros económicos.

Estructura y organización de la resolución

Alejandra Garcete, directora de Seguridad Social del MTESS, explicó que los salarios mínimos de las actividades especificadas por sector se establecieron mediante negociaciones tripartitas y contratos colectivos. Estos montos se reajustan anualmente de acuerdo con el porcentaje decretado para el salario mínimo legal general.

Desde 2024, estos salarios fueron agrupados en una única resolución que centraliza la reglamentación del salario mínimo con los reajustes para cada sector económico. Anteriormente se emitían varias resoluciones por cada sector, lo que generaba confusión en su aplicación.

Sectores y categorías incluidas

La resolución ordena los salarios por sector económico, abarcando manufactura, servicios, banca, agricultura, construcción, transporte terrestre y fluvial, entre otros. Cada sector cuenta con varias categorías salariales para aplicar los montos correspondientes de acuerdo con el cargo u oficio específico.

Aplicación diferenciada según ocupación

Alejandra Garcete aclaró que las empresas deben aplicar los montos salariales de acuerdo con cada rubro, categoría y oficio. En el ejemplo del sector supermercadista, existen varias categorías desde administrativos hasta panaderos y confiteros, por lo que no se aplica el salario mínimo legal general, sino el salario diferenciado estipulado en la reglamentación.

Según ilustró:

Para el cargo de confiteros y panaderos hay un salario especificado, entonces para ellos se aplica el salario especificado. Dentro del mismo establecimiento también pueden trabajar cocineros, para quienes también existe un salario especificado. Entonces, en un mismo establecimiento pueden coexistir varios tipos de salario, dependiendo de la ocupación del trabajador.

Ejemplos de salarios en sectores específicos

En el rubro de panadería y confitería, según la resolución ministerial, el salario mínimo del maestro panadero confitero es de G. 3.613.073, mientras que el de ayudante de panadería y confitería es de G. 3.044.469.

En el sector de la construcción los salarios para albañiles se distribuyen de la siguiente manera: para el oficial de primera el salario mínimo es de G. 3.560.108, para el oficial de segunda G. 3.466.552 y para el pintor G. 3.074.451.

Cumplimiento empresarial

Garcete señaló que en muchos casos las empresas ya utilizan estos salarios especificados o pagan montos superiores. Las empresas deben cumplir con el pago de los mínimos establecidos, aunque muchas pagan por encima según las dinámicas de oferta y demanda del rubro.

Las ocupaciones más específicas, especialidades, profesiones y oficios que requieren cierto conocimiento técnico permiten negociaciones salariales por encima de estos montos según las condiciones del mercado laboral.

Denuncias y consultas

Los trabajadores que no perciban el salario que les corresponde a partir del 1 de julio, según su categoría, pueden realizar denuncias a través de WhatsApp al (0993) 308-100 ante el MTESS para verificar el cumplimiento de esta regulación.

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