Sábado, 27 de Junio de 2026

Tribunal de Apelación anula sentencia contra directora de Abc Color y periodista

Los camaristas consideraron que hubo errores procesales en la resolución original

27/06/2026 01:04 3 min lectura 110 vistas
Tribunal de Apelación anula condena contra directora de Abc y periodista

Anulación de la sentencia

El Tribunal de Apelación, mediante voto dividido de los camaristas Camilo Torres, Digno Arnaldo Fleitas y Maryam Meza López, anuló la sentencia dictada en juicio oral el 18 de noviembre del 2022, por el entonces juez Wilfrido Peralta.

En la causa original, la directora de Abc Color, Natalia Zucolillo fue condenada por difamación a una sanción de 250 días multa, equivalentes a G. 87.500.000, más una compensación de G. 400 millones. El periodista Juan Carlos Lezcano fue sentenciado a 200 días multa, equivalentes a G. 6 millones.

Motivo de la condena anulada

La condena se había fundamentado en la publicación de información en el año 2019 que supuestamente difamó a la ex viceministra de Tributación, Marta González.

Argumentos de la apelación

Los abogados César Coll y Rodrigo Yódice presentaron el recurso de apelación sosteniendo que el hecho punible estaba prescripto, que la sentencia carecía de fundamentación adecuada y que se basó en pruebas no producidas en el juicio oral. Además, argumentaron que la resolución presentaba contradicciones, era incongruente con la Constitución Nacional y con el Pacto de San José de Costa Rica, y que la pena adicional carecía de sustento.

Posición de la querella

La querella solicitó la confirmación del fallo original, argumentando que los hechos no estaban prescriptos y que los argumentos presentados en la sentencia resultaban correctos.

Análisis de los camaristas

El camarista Camilo Torres señaló que el delito no estaba prescripto, ya que una diligencia fue solicitada el 20 de noviembre del 2019 para la República de Panamá, que llegó recién el 22 de enero del 2021, momento en el cual se interrumpió el plazo de prescripción.

Respecto al desarrollo del juicio, Torres indicó que no existió incongruencia con los hechos. Sin embargo, consideró que la resolución que dispuso la exclusión de pruebas no fue fundada, lo que constituyó una violación a la Constitución y el Código Procesal Penal.

"Efectivamente se da un error a tenor de subsunción de las circunstancias fácticas en respecto a las conductas atribuidas a los acusados, la calificación jurídica y como consecuencia a la sanción jurídica impuestas a los mismos", señaló el magistrado en su voto.

Con base en este análisis, Torres votó por anular el fallo y ordenar un nuevo juicio oral. Su colega Digno Arnaldo Fleitas se adhirió a este voto.

Voto en disidencia

Por su parte, la camarista Maryam Meza López votó en disidencia argumentando que la causa estaba prescripta, ya que la diligencia realizada en Panamá no constituía una investigación judicial formal.

La camarista Meza votó por anular la sentencia, declarar la prescripción de los hechos y el sobreseimiento definitivo de los acusados.

Esta noticia fue desarrollada por los Profesionales del Grupo Diario Paraguayo gracias a la noticia original creada por nuestros amigos del Diario UltimaHora.

Nuestro equipo editorial trabaja para ofrecerte la información más clara, completa y actualizada.

Comentarios (0)